Apoyo Inversión Sectores Productivos 2023
SUBVENCIÓN HASTA 35%Pago tras justificación (mediados 2024)
Beneficiarias: Pymes asociadas a estos sectores por CNAE propio o facturación (consultar CNAE incluidos):
- CUERO Y CALZADO
- CERÁMICO, VIDRIO Y MATERIALES CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS
- QUÍMICO
- TEXTIL
- MADERA, MUEBLE E ILUMINACIÓN
- MÁRMOL Y PIEDRA NATURAL
- JUGUETE, ART. DEPORTE, OTRAS IND. MANUFACTURERAS (JOYERÍA, MONEDAS, INSTRUMENTOS, ESCOBAS, ETC.)
- VALORIZACIÓN MATERIALES*
- BIOTECNOLOGÍA**
- PLÁSTICO
- ENVASES Y EMBALAJES
- PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, VIDEOJUEGOS, ANIMACIÓN, REALIDAD AUMENTADA Y VIRTUAL
- PAPEL Y ARTES GRÁFICAS
- AUTOMOCIÓN, AEROSPACIAL, AERONAÚTICA
- METAL-MECÁNICO
* Valorización: CNAEs: 3821, 3822, 3831, 3832
** Biotecnología: que dispongan de producto final comercial
Se apoya la adquisición de Equipos Productivos y Auxiliares, Activos Inmateriales, Aplicaciones (CRM, ERP, etc.) y Licencias vinculados a Creación, Traslado, Nuevas líneas de producción, Mejora de instalaciones productivas, Obras para la instalación de equipos, Transportes interiores, etc. Se admite en algunos casos 2ª mano. Otros gastos: Patentes, Certificaciones, Uso de Licencias, Ingeniería Industrial del proyecto (hasta 20.000 €), coste del certificado del auditor de justificación de la ayuda. NO SE ADMITEN EQUIPOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA O SISTEMAS DE RECUPERACIÓN ENERGÉTICA O ENERGÍAS RENOVABLES.
Factores Principales de Puntuación: Adecuación a necesidades del sector/ mercado, Creación de empleo (se compararán las plantillas medias entre 2023 y 2022), Mejora de la Competitividad, Innovación y Diversificación, Incremento Exportación, Mejora Sostenibilidad, Apoyo a Colectivos Vulnerables.
Plazo de solicitud: 16 de enero a 3 de marzo de 2023 inclusive
Los bienes han de ser facturados y entregados desde 1 de enero a 3 de noviembre de 2023. La inversión debe estar íntegramente pagada entre estas fechas, si bien se admiten pagos de 2022 en concepto de anticipo o confirmación de pedido. La inversión deberá mantenerse 5 años después de justificar. Se exige que los pagos por transferencia recojan el número de factura pagada o el concepto de la misma. Se podrán conceder prórrogas de puesta en funcionamiento (no de factura y pago) de hasta nueve meses. Se aceptarán (fecha máxima de solicitud 29/09/23) modificaciones de la inversión bajo determinadas condiciones y en ningún caso si suponen una reducción de la puntuación obtenida.