Apoyo Inversión Sectores Productivos 2022
SUBVENCIÓN HASTA 35%Pago tras justificación (mediados 2023)
Beneficiarias: Pymes asociadas a estos sectores por CNAE propio o facturación (consultar CNAE incluidos):
- CALZADO
- CERÁMICO
- TEXTIL
- JUGUETE
- MÁRMOL Y PIEDRA NATURAL
- MADERA, MUEBLE E ILUMINACIÓN
- METAL-MECÁNICO
- QUÍMICO
- AUTOMOCIÓN
- PLÁSTICO
- ENVASES Y EMBALAJES
- PAPEL Y ARTES GRÁFICAS
- PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL
- PRODUCCIÓN VIDEOJUEGOS
- VALORACIÓN RESIDUOS (R2-R9, R11)*
- BIOTECNOLOGÍA INNOVADORA*
*CNAEs: 3831, 3832 y dispongan de R2-R9, R11 o R12
** que dispongan de producto final comercial
Se apoya la adquisición de Equipos Productivos y Auxiliares, Activos Inmateriales, Aplicaciones (CRM, ERP, etc.) y Licencias vinculados a Creación, Traslado, Nuevas líneas de producción, Mejora de instalaciones productivas, Obras para la instalación de equipos, Transportes interiores, etc. Se admite en algunos casos 2ª mano. Otros gastos: Patentes, Certificaciones, Uso de Licencias, Ingeniería Industrial del proyecto (hasta 20.000 €), coste del certificado del auditor de justificación de la ayuda. No se admiten compraventas entre empresas vinculadas. NO SE ADMITEN EQUIPOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA O SISTEMAS DE RECUPERACIÓN ENERGÉTICA O ENERGÍAS RENOVABLES.
Factores Principales de Puntuación: Adecuación a necesidades del sector/ mercado, Creación de empleo (se compararán las plantillas medias entre 2021 y 2022), Transformación de temporales a fijos, Integración de discapacitados, Mejora de la Competitividad, Innovación y Diversificación, Incremento Exportación, Mejora Sostenibilidad y Condiciones laborales. No se admiten modificaciones que supongan una reducción de la puntuación obtenida.
Plazo de solicitud: 11 de enero a 4 de marzo de 2022 inclusive
Los bienes han de ser facturados desde 1 de enero a 2 de noviembre de 2022. La inversión debe estar íntegramente pagada entre estas fechas, si bien se admiten pagos de 2021 en concepto de anticipo o confirmación de pedido (<75% del total). La inversión deberá mantenerse 5 años después de justificar. Se exige que los pagos por transferencia recojan el número de factura pagada o el concepto de la misma. Se podrán solicitar prórrogas de puesta en funcionamiento (no de factura y pago) de aproximadamente medio año. Se aceptarán modificaciones de la inversión bajo determinadas condiciones y en ningún caso si suponen una reducción de la puntuación obtenida