PLAZO DE PUBLICACIÓN: DEL 15 DE ABRIL AL 24 DE JULIO DE 2025 (PLAZO AMPLIADO)

Apoyo Zona DANA: Industrias, Hostelería, Comercio y Servicios.Plazo Ampliado

SUBVENCIÓN: hasta el 50% con un tope de ayuda de 100.000 €.Posibilidad de Anticipo parcial. Resto de pago tras revisión justificación (mitad 2026).

Beneficiarias: Línea Específica para SECTORES INDUSTRIALES: CNAES del 10 al 33

Beneficiarias: Pymes con establecimiento en municipios afectados por DANA de 29 de octubre que hayan sufrido daños materiales ACREDITABLES en bienes muebles e inmuebles, activos circulantes, etc. a causa de la misma.

Se apoyará asimismo a las Personas Jurídicas propietarias de los Inmuebles afectados.

Excluido en algunos casos el sector de la producción y transformación de productos primarios).

Se apoya la ADQUISICIÓN de Equipos Productivos y Auxiliares, Activos Inmateriales, Aplicaciones (CRM, ERP, etc.) y Licencias Se admite en algunos casos 2ª mano. SE ADMITE TAMBIÉN LOS COSTES DE REPARACIÓN, ADAPTACIÓN Y MEJORA DE INSTALACIONES Y OBRA CIVIL (en cuyo caso, habrá que aportar licencia de obra). Otros gastos: Patentes, Certificaciones, Uso de Licencias, Ingeniería Industrial del proyecto (hasta 20.000 €), coste del certificado del auditor de justificación de la ayuda.

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA HASTA AGOTAMIENTO DE FONDOS.

ayuda zona dana

Convocatoria y Bases DOGV 02/04/25 de la Conselleria d’Innovació. Compatibilidad con Indemnizaciones de Seguros SIN SUPERAR EL COSTE TOTAL DEL EQUIPO. Incompatible con otras ayudas para los mismos costes.

– Plazo de solicitud: 15 de abril a 24 DE JULIO DE 2025 (ampliado plazo).

Convocatoria y Bases DOGV 02/04/25 de la Conselleria d’Innovació. Compatibilidad con Indemnizaciones de Seguros SIN SUPERAR EL COSTE TOTAL DEL EQUIPO. Incompatible con otras ayudas para los mismos costes.

Los costes deberán estar realizados (facturas y pagos) entre el 29 de octubre de 2024 y 30 de octubre de 2025. Se podrán conceder prórrogas bajo determinadas circunstancias.

Fecha de Justificación máxima: 30 de octubre de 2025. La justificación exige informe de costes ejecutados visado por auditor ROAC. Este coste es subvencionable. Se exige también la presentación de 3 ofertas para costes > 15.000 euros (cuando se adquieran TRAS la concesión de la ayuda). EL PLAZO PODRÍA PRORROGARSE BAJO CIERTAS CIRCUNSTANCIAS.

Se exige que los pagos por transferencia recojan el número de factura pagada o el concepto de la misma. Se aceptarán modificaciones de la inversión bajo determinadas condiciones. LOS PAGOS DEBERÁN CUMPLIR LA LEY 3/2004 DE PLAZOS DE PAGO.

Régimen de Minimis: Las ayudas de este tipo acumuladas en 3 años desde la fecha de concesión POR LA EMPRESA O POR GRUPO DE EMPRESAS no pueden ser > 300.000 €.

Será necesario acreditar vía declaración propia (si puede presentar cuentas abreviadas) o declaración de auditor ROAC el cumplimiento de la Ley 3/2004 sobre plazos de pago de la empresa (inferiores a 60 días).

Gestión Telemática.

Línea complementaria de apoyo a los sectores de hostelería, comercios y servicios: Ayudas hasta el 70% con un tope de 50.000 euros de subvención.

Si su empresa pretende acometer proyectos de esta índole durante 2024-2025 y quiere optar a esta línea con éxito, les invitamos a contactarnos en los teléfonos abajo indicados o dirigiendo un correo a info@sfconsultores.com, estudiaremos su caso, sin compromiso, de forma personalizada.