Apoyo a la Inversión Sectores Productivos 2025Pendiente de publicación
SUBVENCIÓN GENERAL DEL 30% HASTA 50% (MUNICIPIOS DANA)Pago tras justificación (principios 2026)
Beneficiarias: Pymes asociadas a estos sectores por CNAE propio o facturación (consultar CNAE incluidos).
- CUERO Y CALZADO
- CERÁMICO, VIDRIO Y MATERIALES CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS
- QUÍMICO
- TEXTIL
- HÁBITAT (fabricación de madera, muebles y equipamiento baños y cocina, aparatos de iluminación)
- MÁRMOL, PIEDRA NATURAL Y ARIDOS
- METAL – MECÁNICO
- JUGUETE, ARTÍCULOS DE DEPORTE Y OTRAS INDUSTRIAS MANUFACTURERAS (JOYERÍA, BISUTERÍA, ESCOBAS, INSTRUMENTOS MUSICALES, ETC.)
- PLÁSTICO
- PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, VIDEOJUEGOS, ANIMACIÓN, REALIDAD AUMENTADA Y VIRTUAL
- ENVASES Y EMBALAJES
- PAPEL Y ARTES GRÁFICAS
- AUTOMOCIÓN, AEROSPACIAL, AERONAÚTICA Y SEMICONDUCTORES
- VALORACIÓN MATERIALES*: 3821, 3822, 3831, 3832
- BIOTECNOLOGÍA**: QUE DISPONGAN DE PRODUCTO FINAL COMERCIAL
Se apoya la adquisición de Equipos Productivos y Auxiliares, Activos Inmateriales, Aplicaciones (CRM, ERP, etc.) y Licencias vinculados a Creación, Traslado, Nuevas líneas de producción, Mejora de instalaciones productivas, Obras para la instalación de equipos, Transportes interiores, etc. Se admite en algunos casos 2ª mano. Otros gastos: Patentes, Certificaciones, Uso de Licencias, Ingeniería Industrial del proyecto (hasta 20.000 €), coste del certificado del auditor de justificación de la ayuda. No se admiten compraventas entre empresas vinculadas. NO SE ADMITEN EQUIPOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA o SISTEMAS DE RECUPERACIÓN ENERGÉTICA O ENERGÍAS RENOVABLES. Se apoyará en 2025 la ingeniería necesaria para la ejecución del proyecto industrial.
Factores Principales de Puntuación: Adecuación a necesidades del sector/ mercado, Creación de empleo (se compararán las plantillas medias entre 2025 y 2024), Mejora de la Competitividad, Innovación y Diversificación, Incremento Exportación, Mejora Sostenibilidad, Apoyo a Colectivos Vulnerables.
LAS EMPRESAS RADICADAS EN MUNICIPIOS DANA Y DESPOBLADOS TENDRÁN UNA MAYOR PUNTUACIÓN.
Plazo de solicitud: La publicación de la convocatoria se realizará en las próximas semanas de marzo. El plazo de apertura de solicitud será del 21 de marzo al 11 de abril de 2025.
Los bienes han de ser facturados y entregados desde 1 de enero a 4 de noviembre de 2025. La inversión debe estar íntegramente pagada entre estas fechas, si bien se admitirían pagos de 2024 en concepto de anticipo o confirmación de pedido. La inversión deberá mantenerse 5 años después de justificar. Se exige que los pagos por transferencia recojan el número de factura pagada o el concepto de la misma. Se podrán conceder prórrogas de puesta en funcionamiento (no de factura y pago) de hasta nueve meses. Se aceptarán modificaciones de la inversión bajo determinadas condiciones y en ningún caso si suponen una reducción de la puntuación obtenida. LOS PAGOS DEBERÁN HACERSE NECESARIAMENTE ANTES DE 60 DÍAS DESDE LA FECHA DE FACTURA.