- abril 8, 2025
- Posted by: Jordi Llopis Arqués
- Categoría: Noticias
La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, a través del Instituto Valenciano de Competitividad e Innovación (Ivace+i) anuncia nuevas ayudas a pymes en funcionamiento el 28 de octubre de 2024 en algunos de los municipios afectados por la DANA.
Con un presupuesto de 47.8 millores de euros, se subvencionará hasta el 50% de los costes con un máximo de 100.000 euros. En el caso de las personas jurídicas, propietarias de inmuebles con actividad industrial, el máximo será de 20.000€.
El plazo de presentación de solicitudes se abrirá el 15 de abril hasta el 30 de junio de 2025 a las 23.59.59 horas.
Costes subvencionables
Dentro de la línea de ayudas se consideran subvencionables los siguientes tipos de costes, siempre que estén directamente vinculados a la reanudación de la actividad productiva:
- Adquisición, sustitución y reparación de maquinaria y equipos
Se incluyen los costes relacionados con la compra, sustitución o reparación de maquinaria, aparatos, equipos y demás activos materiales que estén directamente vinculados a los procesos de producción. Estos elementos deben ser necesarios para restablecer o relanzar la actividad industrial afectada. - Adquisición de activos inmateriales
Serán subvencionables los gastos destinados a la adquisición de software vinculado a la actividad de la empresa, incluyendo, en caso necesario, los costes de implantación, adaptación y puesta en funcionamiento del mismo. Este software debe ser esencial para la gestión o el funcionamiento operativo de la empresa industrial. - Reparación, adaptación y mejora de instalaciones
Se contemplan los costes necesarios para llevar a cabo obras de reparación, mejora o adecuación de instalaciones, tanto a nivel de obra civil como de ingeniería. También se incluyen los costes asociados a la legalización y puesta en funcionamiento de estas instalaciones, siempre que estén justificadamente vinculadas a la reactivación de la actividad industrial. - Informe de auditoría
Se admiten los gastos relacionados con la elaboración del informe de auditoría requerido en el procedimiento de justificación de la ayuda, con un importe máximo subvencionable de 600 euros (IVA excluido). Para que este gasto sea considerado, debe haberse incluido expresamente en el presupuesto presentado junto con la solicitud.
Estos costes deben estar correctamente justificados, vinculados directamente a los daños sufridos por la DANA y a la necesidad de restituir o mejorar la capacidad productiva de las empresas afectadas. La subvención busca asegurar que las inversiones realizadas contribuyan de forma directa y efectiva a la reactivación económica e industrial en las zonas impactadas.
Para más información, puede acceder al siguiente enlace o contactar con SF Consultores. Estamos a su disposición para cualquier información sobre estas y otras ayudas.